IMPUESTO SOBRE EL MARGEN DE INTERESES Y COMICIONES DE DETERMINADAS ENTIDADES FINANCIERAS
MODELOS 780 y 781. Se publica, para su audiencia e información pública, el Proyecto de Orden por la que se aprueban el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
Fecha: 21/03/2025
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Proyecto
Este proyecto normativo tiene su origen en la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, que crea un nuevo Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras, entre otros tributos. La ley responde al mandato de revisión del gravamen temporal regulado por la Ley 38/2022 y su integración definitiva en el sistema tributario, conforme a lo exigido en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 8/2023.
El proyecto aprueba los modelos de declaración tributaria:
- Modelo 780: Autoliquidación del impuesto.
- Modelo 781: Pago fraccionado del impuesto.
Además, establece las condiciones y procedimientos para su presentación electrónica y el ingreso de los pagos. Regula quiénes están obligados a presentar dichos modelos (entidades de crédito, establecimientos financieros y sucursales extranjeras) y modifica otras órdenes tributarias para integrar estos nuevos modelos en los sistemas de recaudación y domiciliación bancaria.
Este nuevo impuesto es directo y temporal (tres ejercicios desde 1 de enero de 2024), y grava el margen de intereses y comisiones derivado de la actividad en territorio español.
La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se aplicará por primera vez a las declaraciones cuyo plazo de presentación comience en el ejercicio 2025.
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