AÑO 2026
MÓDULOS. Se publica en la web de la AEAT el proyecto de Orden HAC/ /2025, de , por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Fecha: 20/11/2025 Fuente: web de la AEAT Enlace: Proyecto
El Ministerio de Hacienda ha publica la orden de módulos para el 2026 manteniendo la estructura de la orden del año anterior (HAC/1347/2024)
Pasamos a exponer la estructura:
- Actividades incluidas (art. 1 y 2):
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Se mantienen las actividades tradicionales de EO: agrícolas, ganaderas, forestales, comercio minorista, servicios personales, transporte, etc. Incluye la producción de mejillón en batea reubicada en Anexo I. | Exactamente las mismas actividades, sin alteración de epígrafes ni reubicaciones. Se mantiene producción de mejillón en batea en el mismo lugar. | No hay cambios |
- Módulos, signos e instrucciones (Anexos I y II):
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Módulos congelados; se mantienen los de 2024. | El preámbulo declara que para 2026 se mantienen los mismos módulos y las mismas instrucciones. | No hay cambios |
- Magnitudes excluyentes (art. 3):
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Mismos límites de años previos: límites remiten a LIRPF art. 31 y LIVA art. 122. Mantiene el límite especial de 250.000 € para agrícolas/ganaderas/forestales. | Misma estructura, mismas magnitudes y misma cifra de 250.000 €. Única diferencia: referencia pasa a “para el ejercicio 2026” | No hay cambios |
- Cómputo de magnitudes entre cónyuge/descendientes/entidades en atribución:
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Se mantiene la regla de cómputo conjunto. | Exactamente igual | No hay cambios |
- Reducción general módulos -5% (DA 1ª):
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Reducción general del 5% para el 2025 | Reducción general del 5% para el 2026 | No hay cambios |
- Índices especiales agrícolas (DA 2ª):
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Uva de mesa 0,32; flores y plantas ornamentales 0,32; tabaco 0,26. | Idénticos índices | No hay cambios |
- IVA ganadero por crisis (DA 3ª):
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Pecuaria independiente: servicios de cría, guarda y engorde de aves (0,06625) y apicultura (0,070). | Idénticos PORCENTAJES | No hay cambios |
- Medidas excepcionales por fenómones metereológicos/DANA (DA 4ª y 5ª)
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Incluye dos disposiciones adicionales solo aplicables al ejercicio 2024 (modificación de módulos para algunas actividades + reducción del 25 % módulos/IVA para DANA 2024). | Desaparecen | Desaparecen |
- Renuncias/ revocaciones IRPF (Art. 5)
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Plazo: hasta el 31 diciembre 2024 para efectos en 2025. Renuncia tácita: presentación en directa. | Plazo: hasta el 31 diciembre 2025 para efectos en 2026. Renuncia tácita igual. | Cambia el año |
- Renuncias/ revocaciones IVA (Art. 6)
| Orden 2025 (HAC/1347/2024) | Proyecto Orden 2026 | ¿Hay cambios? |
| Plazo: hasta el 31 diciembre 2024 para efectos en 2025. Renuncia tácita: MODELO 303 RÉGIMEN GENERAL 1T. | Plazo: hasta el 31 diciembre 2025 para efectos en 2026. Renuncia tácita igual. | Cambia el año |