Orden Foral 180/2026 de GIPUZKOA por la que se aprueban el modelo 210 del IRNR

Publicado: 19 mayo, 2026

IRNR. MODELO 210. Orden Foral 180/2026, de 13 de mayo, por la que se modifica la Orden Foral 15/2025, de 13 de enero, por la que se aprueban el modelo 210 de declaración del impuesto sobre la renta de no residentes, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación, y se desarrollan determinadas normas relativas a la tributación de no residentes.

 

El Reglamento (UE) n.º 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) n.º 924/2009 («Reglamento SEPA»), establece normas para las transferencias y los adeudos domiciliados denominados en euros dentro de la Unión Europea, creando derechos y obligaciones para los proveedores de servicios de pago y para sus usuarios. Y entiende por usuario de servicios de pago toda persona física o jurídica que hace uso de un servicio de pago, ya sea como ordenante o como beneficiario. 

En este sentido, dispone que todo beneficiario que acepte una transferencia o utilice un adeudo domiciliado para cobrar fondos de una o un ordenante titular de una cuenta de pago radicada en la Unión no especificará en qué Estado miembro está radicada dicha cuenta de pago, siempre que la cuenta de pago sea accesible según lo establecido en dicho reglamento. 

La presente orden foral pretende adecuar la regulación tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa al citado reglamento, lo cual se concreta en la necesidad de modificar la Orden Foral 15/2025, de 13 de enero, por la que se aprueban el modelo 210 de declaración del impuesto sobre la renta de no residentes, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación, y se desarrollan determinadas normas relativas a la tributación de no residentes.

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