INTRASTAT. Se somete a audiencia e información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el contenido y los plazos de presentación de la declaración de intercambio de bienes dentro de la Unión Europea (Intrastat).
Fecha: 25/09/2026 Fuente: web del Poder Judicial Enlace: Proyecto
Situación que regula:
Los objetivos perseguidos por la iniciativa son: reducir las cargas administrativas asociadas al cumplimiento de las obligaciones Intrastat, disminuir el número de operadores obligados a presentar declaraciones estadísticas mensuales, mejorar la eficiencia de la gestión administrativa de la información estadística y mantener los niveles de cobertura estadística exigidos por la normativa de la Unión Europea.
Se han considerado como alternativas el mantenimiento de los umbrales de declaración actualmente vigentes (400.000 euros) o la elevación de los umbrales hasta 800.000 euros, considerándose esta última la mejor alternativa, ya que beneficia a las pequeñas y medianas empresas sin menoscabo de la calidad de la estadística.
Artículo único. Modificación de la Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre.
El artículo 5 de la Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 5. Umbrales de exención.
De conformidad con las condiciones establecidas en la sección 29 del capítulo IV del anexo V, del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2020/1197 de la Comisión, los umbrales referidos al valor de las operaciones que determinan la obligación de declaración quedan fijados en los siguientes importes anuales:
- a) Flujo de importación: 800.000 euros.
- b) Flujo de exportación: 800.000 euros».

