La reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias abarca también a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o el notario, en virtud del régimen de separación o divorcio de mutuo acuerdo»
RESUMEN: Reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias: puede ser aplicada únicamente cuando la aprobación de la pensión se lleva a cabo por resolución judicial o también a los supuestos de fijación por convenio regulador
Fecha: 25/03/2021
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Sentencia del TS de 25/03/2021
La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, que consiste en:
» Determinar si la reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias cabe ser aplicada únicamente cuando la aprobación de la pensión se lleva a cabo por resolución judicial o, por el contrario, cabe interpretar que abarca también a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o el notario, en virtud del régimen de separación o divorcio de mutuo acuerdo» .
A la pregunta formulada por la Sección Primera ha de responderse que:
La reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias abarca también a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o el notario, en virtud del régimen de separación o divorcio de mutuo acuerdo.

