Decreto Foral-Norma 5/2021, de 7 de septiembre. TICKETBAI

Publicado: 8 septiembre, 2021

TICKETBAI. Decreto Foral-Norma 5/2021, de 7 de septiembre, por el que se establece un anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI. [1][2]

 

Artículo único.Anticipo de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI.

1.    Las y los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, que lleven a cabo inversiones y gastos con derecho a la deducción para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI, prevista en el artículo 1 del Decreto Foral-Norma 4/2021, de 27 de julio, de medidas tributarias urgentes de fomento de la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI, y a la deducción incrementada para la transformación digital del comercio minorista para fomentar el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI, prevista en el artículo 2 del mismo decreto foral-norma, podrán anticipar la aplicación de las mismas con arreglo a lo previsto en los citados artículos 1 y 2, y en este artículo.

No será susceptible de anticipo aquella parte de las citadas deducciones que las y los contribuyentes hayan aplicado efectivamente con anterioridad a la solicitud de su anticipo. Por tanto, será susceptible de anticipo solo aquella parte de las deducciones que se encuentre pendiente de aplicación a la solicitud de dicho anticipo.(…)

 

[[1]] FAQ TICKETBAI GIPUZKOA

[[2]]  Ventajas de anticipar de forma voluntaria la obligación TicketBai: 

Deducciones: Los contribuyentes que anticipen de forma voluntaria el cumplimiento de la obligación TicketBai, como mínimo un mes con respecto a la fecha en que les resulte de obligado cumplimiento podrán aplicar ya en 2021 los incentivos fiscales establecidos en el impuesto sobre sociedades, en el impuesto sobre la renta de no residentes para los establecimientos permanentes y en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, en forma de deducción en la cuota  íntegra de un 60 por 100 (en lugar del 30 por 100), por los gastos e inversiones que  se realicen  para  la adaptación a dicho cumplimiento, con determinados límites; deducción que servirá para reducir los costes de cumplimiento a los que deberán hacer frente los contribuyentes con motivo de las nuevas obligaciones impuestas. Más información en la Norma Foral 3/2020.

Certificados sin coste: durante el 2021 los certificados de dispositivo y autónomos serán gratuitos en IZENPE.

Cumplimiento fiscal. Además de exteriorizar ante sus clientes el compromiso social del cumplimiento efectivo de las obligaciones fiscales, le facilitará la cumplimentación de las declaraciones fiscales dado que podrá verificar los ficheros ya remitidos a la Administración Tributaria y con ello las facturas emitidas.

 

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