BIZKAIA. NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias.
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Entre las modificaciones, destacan el cambio en el límite de la lista de deudores a 600.000 euros como ocurre en el Estado (estaba antes en un millón), la obligación de informar de los movimientos y los saldos de los contribuyentes que posean criptomonedas, y, de manera especial, la incorporación de deducciones fiscales cuando las empresas inviertan en la mejora del medio ambiente y en el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía, así como en actividades de investigación, desarrollo o innovación tecnológica, y para fomentar la capitalización empresarial en beneficio del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva.
Además, el nuevo texto establece un cambio en la normativa para que las entidades locales aprueben bonificaciones extraordinarias sobre las tasas municipales “por razones excepcionales o de urgencia”, como durante la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, y para que los ayuntamientos puedan aplicar una bonificación de hasta el 90% en el IBI a las familias numerosas y a las familias en situación de vulnerabilidad.
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