GUIPÚZKOA. MEDIDAS TRIBUTARIAS URGENTES. Decreto Foral-Norma 2/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueban nuevas medidas tributarias urgentes para paliar los efectos derivados del alza de precios.
Teniendo en cuenta que la tasa anual de la inflación subyacente es del 5,5 por 100 a junio de 2022, y a fin de eliminar el efecto de la inflación de los importes que están fijados en euros en la normativa del impuesto sobre la renta de las personas físicas, se vuelve a deflactar un 4 por 100, la tarifa aplicable a la base liquidable general correspondiente al ejercicio 2022, incrementando a su vez en idéntico porcentaje la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones personales. Además, se procede a adecuar la tabla de retenciones aplicable a los rendimientos de trabajo personal a partir del 1 de septiembre de 2022. Todo ello con el propósito de realizar los ajustes necesarios y la adaptación a la evolución de los precios, que aseguren que la carga impositiva para las personas contribuyentes mantiene una adecuada relación con su capacidad económica, una relación que se ve alterada en momentos de inflación como el actual.
Asimismo, con efectos exclusivamente para el período impositivo 2022, se establece una minoración de cuota adicional para paliar los efectos derivados del alza de precios, según la cual se aplicará una minoración de cuota de 200 euros por cada autoliquidación cuya base imponible general no exceda de 30.000 euros, y esta cuantía se irá reduciendo linealmente a me dida que la base imponible general aumente, hasta desaparecer cuando sea de 35.000 euros o superior.
Además, se establece la exención en el impuesto de determinadas ayudas sociales. Por un lado, estará exenta la ayuda directa de 200 euros concedida a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, en el marco del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan de – terminadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma. Por otro lado, se regula la exención de la ayuda de 240 euros a repartir en 12 mensualidades, concedida por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi con la finalidad de reducir la brecha digital de acceso y capacidad de uso de redes para evitar exclusiones sociales que se producen, especialmente, entre los colectivos más vulnerables, otorgadas en virtud de la Orden de 14 de julio de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU (Programa ÚNICO Bono Social). Asimismo, y en línea con las medidas adoptadas por el ya mencionado Decreto Foral-Norma 1/2022, de 5 de abril, se exonera a los y las contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas que realicen actividades económicas, del pago fraccionado correspondiente al tercer y cuarto trimestre de 2022. Complementariamente, se exonera del pago fraccionado correspondiente al ejercicio 2022 a los contribuyentes del impuesto sobre sociedades que tengan un volumen de operaciones en el período impositivo que se toma en consideración para la determinación del mencionado pago fraccionado, no superior a 50 millones de euros, excluidas las entidades que tributan en el régimen especial de consolidación fiscal de dicho impuesto, a fin de contribuir a su mayor liquidez en el momento actual.

