Resolución de 6 de febrero de 2023 por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023

Publicado: 27 febrero, 2023

CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO. Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.

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La primera de las novedades que destaca de las Directrices de 2023 es la implantación de un nuevo modelo de información y asistencia, que integra todos los canales existentes mediante la vertebración de una coordinación entre los servicios de asistencia presenciales y telefónicos, diseminados por todo el territorio nacional, con las Administraciones de asistencia Digital Integral, que pasan a prestar, no únicamente asistencia digital a los contribuyentes, sino también a los propios compañeros en las labores de asistencia que les demanden, manteniendo así una permanente conexión con estos, y consiguiendo homogeneidad en cuanto a protocolos de actuación y criterios.

La finalidad del modelo es que la mayoría de los servicios se presten en todos los canales, de manera que sea el ciudadano el que decida cómo quiere o necesita ser atendido, empatizando por tanto con la situación particular del contribuyente, facilitando y simplificando el acceso a los servicios de la Agencia Tributaria, en la medida en que el tipo de servicio y los recursos disponibles lo permitan.

En segundo lugar, otra de las novedades que se implantará en el ejercicio 2023 afecta al régimen sancionador en el ámbito de la gestión tributaria. En la imposición de sanciones tributarias se establecerán criterios sancionadores de manera que se incorpore como elemento relevante el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente en la evaluación de la existencia del elemento subjetivo en determinados tipos de conductas, especialmente en aquellos casos de presentación de autoliquidaciones sin ingresos fuera de plazo, que no ocasionan perjuicio económico a la Administración tributaria.

En tercer lugar, se avanzará en la mejora de las labores de planificación y selección de las actuaciones de control que realiza cada año la Agencia Tributaria. La planificación y la selección de las actuaciones de control se realiza de modo coordinado entre las distintas áreas que configuran la Agencia Tributaria, por lo que resulta esencial el análisis conjunto de los riesgos que se detectan respecto de cada contribuyente y a partir de ello se proceda en función de sus características a definir la estrategia óptima de asistencia u otra actividad de comprobación.

En cuarto lugar, se prestará atención a la reiteración de las tareas de comprobación en el caso de que se hayan efectuado regularizaciones previas y no se haya consolidado un cambio de comportamiento del contribuyente o personas de su entorno familiar o económico, en las que se repite un esquema de riesgo fiscal similar.

En quinto lugar, cabe resaltar que la actividad de la Agencia Tributaria se va a ver afectada por la asunción de España de la presidencia rotatoria de la Unión Europea durante el segundo semestre de 2023. En el ámbito tributario y con distinto grado de madurez, existen numerosos proyectos e iniciativas normativas cuyos ejes conductores son: una tributación empresarial adaptada al siglo XXI, un sistema tributario justo y sencillo adaptado a una economía digitalizada y de lucha contra el cambio climático y una buena gobernanza fiscal dentro y fuera de la Unión Europea y la lucha contra la competencia fiscal perjudicial.

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