ALAVA. MODELO 490. MODIFICACIÓN
Modificación de la Orden Foral 340/2022, de la primera teniente diputado general y diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 8 de junio, por la que se aprueba el modelo 490 de autoliquidación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y se determina la forma y procedimiento para su presentación.
La Ley 22/2022, de 19 de octubre, modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, ha incorporado también a su ordenamiento jurídico la concertación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, en un sentido similar al Concierto Económico de la Autónoma Vasca. En consecuencia, procede aprobar un nuevo modelo de autoliquidación que incluya la concertación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con la comunidad Foral de Navarra.

Esta orden foral tiene por objeto modificar el modelo 490 de autoliquidación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. El nuevo modelo será aplicable con efectos para las autoliquidaciones correspondientes al primer trimestre de 2023, cuyo plazo de presentación se inicie el 1 de abril de 2023.
Artículos Relacionados
- Orden Foral 278/2026, de GIPUZKOA, por la que se modifica el modelo 490 «Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Autoliquidación»
- Orden Foral 101/2026 de ÁLAVA Aprobación de las normas y modalidades para la presentación del IRPF e IP
- Orden Foral de ÁLAVA de modificación de los modelos 303 322 353 y 347

