IRPF. RETENCIONES. Un trabajador puede solicitar un tipo de retención superior pero con el tope máximo del 47%.
Fecha: 01/03/2023
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Consulta V0477-23 de 01/03/2023
Indica el consultante que un trabajador le ha solicitado un tipo de retención superior al tipo máximo del 47 por 100.
Conforme con la regulación normativa, procede concluir que el tipo del 47 por 100 se constituye en el tipo normativo máximo de retención que opera a efectos del cálculo de la retención sobre los rendimientos del trabajo afectados por el procedimiento general, tipo normativo que opera también como referente del porcentaje máximo de retención que se puede solicitar a efectos de la petición de un tipo de retención superior al procedente.
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