ESTIMACIÓN OBJETIVA.
Se publica en la web de la AEAT para su audiencia e información pública la ORDEN HFP/……/2023, …. DE …… , por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el régimen especial simplificado del impuesto sobre el valor añadido.
Se podrá presentar aportaciones hasta el 05/12/2023
Fecha: 24/11/2023
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Acceder a Proyecto
En relación con el IRPF:
– se mantienen para el ejercicio 2024 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
– se establece una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva.
– Adicionalmente, para las actividades agrícolas y ganaderas, con la finalidad de compensar el incremento del coste de determinados insumos, se establece para el período impositivo 2024 que el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes, en ambos casos, necesarios para el desarrollo de dichas actividades. Estas minoraciones ya se aplicaron en 2022 y 2023.
– se mantiene para 2024, debido a las consecuencias de las erupciones volcánicas ocurridas en la isla de la Palma, la reducción especial, que ya se aplicó en 2022 y 2023, para las actividades económicas desarrolladas en dicha isla similar a la establecida para el término municipal de Lorca, a causa del terremoto acontecido en dicho municipio.
Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido:
- la presente orden también mantiene, para 2024, los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «BOE», con efectos para el año 2024.
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