Resolución de 8 de enero de 2024 por la que se aprueba el contenido y formato informático del fichero del padrón catastral

Publicado: 11 enero, 2024

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se modifica la de 12 de marzo de 2014, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral y demás ficheros de intercambio de la información necesaria para la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

 

Se incorpora un nuevo cuadro 4 al anexo para recoger los códigos de tipo de derecho prevalente para IBI de los titulares, correspondientes a la posición 427 del registro 53, sobre Información de la titularidad del bien inmueble, y se añade el código SP referido a Sujeto pasivo del IBI diferente del titular por prescripción legal o judicial, a los ya recogidos en la estructura del formato, para este campo.

 

Cuadro 5. Código de tipo derecho prevalente para IBI de los titulares
CódigoCódigo de tipo de derecho prevalente para IBI de los titulares (posición 427 del registro 53)
CAConcesión administrativa.
DSDerecho de superficie.
USUsufructo.
PRPropiedad.
SPSujeto pasivo diferente del titular por prescripción legal o judicial.

 

CV0071-23 de 20/01/2023

La consultante es nuda propietaria del 50% de un bien inmueble. El usufructuario tiene la plena propiedad del 50% restante del inmueble.

Se consulta sobre el sujeto pasivo del impuesto y quién debe pagar el mismo.

Responde la DGT que, en el caso planteado, el usufructuario del 50% del inmueble y pleno propietario del otro 50% será el sujeto pasivo del impuesto, no siéndolo, por tanto, la consultante (nuda propietaria del 50%).

 

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