Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha.

Publicado: 20 enero, 2022

IRPF:

  • se extiende la deducción existente por familias numerosas a familias monoparentales.
  • se extiende la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 36 años a personas con discapacidad y familias numerosas y monoparentales.
  • se incorpora una nueva deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación de pago
  • se añade una nueva deducción por gastos de guardería o centros de educación infantil de 0 a 3 años.

ITPyAJD:

  • se crea un nuevo tipo reducido del 5% en transmisiones patrimoniales onerosas a las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual por parte de familias monoparentales, familias numerosas y personas con discapacidad.
  • en actos jurídicos documentados se añade un nuevo tipo reducido del 0,5% para las primeras copias de escrituras notariales que documenten las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual por parte de familias monoparentales, familias numerosas y personas con discapacidad.
  • En este impuesto, también se recogen nuevas bonificaciones fiscales que benefician a las empresas: se establece un tipo reducido del 5% en transmisiones patrimoniales onerosas para las segundas o ulteriores transmisiones de una vivienda y sus anexos a una persona física o jurídica que ejerza la actividad empresarial a la que sean aplicables las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Empresas Inmobiliarias, con determinados requisitos, e, igualmente, se establece un tipo del 5% para la adquisición de inmuebles incluidos en la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial de empresas individuales o negocios profesionales. En actos jurídicos documentados se multiplica por dos el límite de la deducción ya existente para el supuesto de primeras copias de escrituras notariales que documenten la adquisición de locales de negocio, siempre y cuando el adquirente destine el local a la constitución de una empresa o negocio profesional y se establece una bonificación del 50% de la cuota tributaria, para las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten los actos de agrupación, agregación, segregación y división que se efectúen sobre suelos destinados a uso industrial o terciario.

 

Ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022 en Álava

Publicado:

Orden Foral 13/2022, de la Primera Teniente de Diputado General y Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 17 de enero. Ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022

Artículo único. Ampliación del plazo para la presentación e ingreso de autoliquidaciones y declaraciones.

El plazo voluntario de presentación y, en su caso, ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuyo vencimiento se produzca el 25 de enero de 2022, se ampliará hasta el 31 de enero de 2022.

 

Decreto foral de Álava que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales y  el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Publicado:

Decreto Foral 2/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero. Aprobar la modificación del Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales y la del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

(…) La nueva regulación del comercio electrónico del IVA exige la modificación del Decreto Foral 3/2011,
de 25 de enero, que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales y del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

En lo que se refiere al Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales, se modifica la materia relativa al censo de contribuyentes para incorporar de forma expresa la opción y la revocación de la opción por la tributación en el Estado miembro de destino para aquellas microempresas, que establecidas en un único Estado miembro, no hayan rebasado el umbral común a escala comunitaria de 10.000 euros anuales de ventas a distancia intracomunitarias de bienes y prestaciones de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión y los prestados por vía electrónica a personas consumidoras finales en Estados miembros donde no estén establecidas.

En cuanto al Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, se procede a su modificación para ajustar a la nueva regulación del comercio electrónico en el IVA los supuestos en los que la obligación de expedir factura debe ajustarse, precisamente, a las normas contenidas en el artículo 2 de dicho Reglamento.

 

Aprobados los coeficientes de actualización aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2022 en Álava

Publicado:

COEFICIENTES DE CORRECCIÓN MONETARIA.

Decreto Foral 3/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero. Aprobar los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2022

Coeficientes de actualización aplicables en el ejercicio 2022, a efectos de lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas FísicasCoeficientes de corrección monetaria aplicables en el Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos iniciados durante 2022, a efectos de lo dispuesto en el artículo 40.9 de la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades

Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha.

Publicado: 19 enero, 2022

CASTILLA-LA MANCHA. Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha.

 

El artículo 1 modifica la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, en el sentido de suprimir varias tasas, destacando por el impacto en la ciudadanía, la introducción de una exención en las tasas por licencias de caza y pesca para las personas residentes en Castilla-La Mancha.

El artículo 2 modifica la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, incorporando una serie de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que favorecen a la familia, a las personas con discapacidad y al sector empresarial de la región.

Con respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se extiende la deducción existente por familias numerosas a familias monoparentales. También se extiende la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 36 años a personas con discapacidad y familias numerosas y monoparentales. Se incorpora una nueva deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación de pago y, finalmente, se añade una nueva deducción por gastos de guardería o centros de educación infantil de 0 a 3 años.

Con respecto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se crea un nuevo tipo reducido del 5% en transmisiones patrimoniales onerosas a las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual por parte de familias monoparentales, familias numerosas y personas con discapacidad. Y, por otro lado, en actos jurídicos documentados se añade un nuevo tipo reducido del 0,5% para las primeras copias de escrituras notariales que documenten las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual por parte de familias monoparentales, familias numerosas y personas con discapacidad.

En este impuesto, también se recogen nuevas bonificaciones fiscales que benefician a las empresas: se establece un tipo reducido del 5% en transmisiones patrimoniales onerosas para las segundas o ulteriores transmisiones de una vivienda y sus anexos a una persona física o jurídica que ejerza la actividad empresarial a la que sean aplicables las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Empresas Inmobiliarias, con determinados requisitos, e, igualmente, se establece un tipo del 5% para la adquisición de inmuebles incluidos en la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial de empresas individuales o negocios profesionales. En actos jurídicos documentados se multiplica por dos el límite de la deducción ya existente para el supuesto de primeras copias de escrituras notariales que documenten la adquisición de locales de negocio, siempre y cuando el adquirente destine el local a la constitución de una empresa o negocio profesional y se establece una bonificación del 50% de la cuota tributaria, para las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten los actos de agrupación, agregación, segregación y división que se efectúen sobre suelos destinados a uso industrial o terciario.

(…)

 

ORDEN FORAL 118/2022 de Bizkaia por la que se extiende al 31 de enero de 2022 el plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones

Publicado: 18 enero, 2022

BIZKAIA. PLAZO DE PRESENTACIÓN.

ORDEN FORAL 118/2022, de 17 de enero, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se extiende al 31 de enero de 2022 el plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones cuyo vencimiento se produzca el 25 de enero de 2022, como consecuencia de las restricciones derivadas de la COVID-19.

Artículo único Extensión del plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finalice el 25 de enero de 2022.

De conformidad con la habilitación prevista en el apartado Dos de la Disposición Final Segunda del Decreto Foral Normativo 1/2020, de 17 de marzo, de medidas tributarias urgentes derivadas del COVID-19, el plazo voluntario de presentación e ingreso de las declaraciones y de las autoliquidaciones cuyo vencimiento se produce el 25 de enero de 2022, se extiende hasta el 31 de enero de 2022.

 

Orden Foral 14/2022 de Gipuzkoa por la que se amplía el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022

Publicado:

GIPUZKOA. PLAZO DE PRESENTACIÓN.  Orden Foral 14/2022, de 17 de enero, por la que se amplía el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022.

Artículo único.    Ampliación del plazo para la presentación e ingreso de autoliquidaciones y declaraciones.

El plazo de presentación y, en su caso, ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuyo vencimiento se produzca el 25 de enero de 2022, se ampliará hasta el 31 de enero de 2022

Orden Foral 1/2022 de Álava de aprobación de los Modelos 390 y 391 del Impuesto sobre el Valor Añadido

Publicado:

ÁLAVA. MODELO 390 y 391.

Orden Foral 1/2022, de la Primera Teniente Diputado General y Diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 4 de enero, por la que se modifica la Orden Foral 765/2013, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 11 de diciembre, de aprobación de los Modelos 390 y 391 del Impuesto sobre el Valor Añadido

La aplicación de los regímenes especiales anteriores a partir de 1 de julio de 2021 afecta al modelo 390, ya que operaciones acogidas a los mismos que se autoliquidaban a través de este modelo, pasarán a autoliquidarse a través del nuevo modelo 369.

 

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