Aval concedido por un socio para garantizar un contrato de arrendamiento”. NRV 9ª, NRV 21ª y NECA 15ª.

Publicado: 15 marzo, 2021

BOICAC 124/Enero 2021-3 | 

Aval concedido por un socio para garantizar un contrato de arrendamiento”. NRV 9ª, NRV 21ª y NECA 15ª.  [Descargar pdf ]

La sociedad consultante ha suscrito un contrato de arrendamiento en el que el arrendador requería la constitución de un aval bancario como garantía del contrato. Ante la imposibilidad de la sociedad de obtener el aval bancario por falta de solvencia, ha sido el socio mayoritario quién ha suscrito dicho aval, por lo que para obtener la garantía el socio ha pignorado un importe igual a la operación descrita. La cuestión que se plantea es si esta operación debería tener registro contable en la sociedad puesto que si el aval fuera ejecutado el pago correría por cuenta del avalista (socio) y se plantea la idoneidad de recoger como deuda en favor del socio la garantía aportada en favor de la sociedad.  

La operación de concesión de un aval es un contrato de garantía financiera y está regulada en el apartado 5.5 de la norma de registro y valoración (NRV) 9ª Instrumentos Financieros, contenida en la segunda parte del Plan General de Contabilidad (PGC) aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.

En la medida en que se trata de una operación de un socio en favor de la sociedad será de aplicación la norma de registro y valoración (NRV) 21ª Operaciones entre empresas del grupo contenida en la segunda parte del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, siendo aplicables las normas generales, por lo que la operación por la que el socio avala a la sociedad en cualquier caso se registrará a valor de mercado, y al tratarse de un socio con participación mayoritaria le resultará también de aplicación la NECA 15ª Partes vinculadas, contenida en la tercera parte del PGC.

En caso de incumplimiento por parte de la empresa avalada, atendiendo a las condiciones de otorgamiento del aval, la sociedad deberá reclasificar la deuda por arrendamiento en una deuda contraída con el socio por la ejecución del aval, con el reconocimiento en su caso de los gastos de ejecución que le correspondieran.  

 

Ejemplo DE ARRENDAMIENTO OPERATIVO:

 

 Por el devengo del gasto no pagado 
 (621) Arrendamientos y cánones 
 (472) IVA soportado 
 a (410) Acreedores prestaciones de servicios 

 

 Por la ejecución del aval 
 (410) Acreedores prestaciones de servicios 
 (626) Servicios bancarios (gastos ejecución aval)  
 a (513) Otras deudas a c/p con partes vinculadas 

 

En concreto, para dar respuesta a la consulta puede citarse la opinión recogida en la consulta publicada por este Instituto número 1 del BOICAC 82 [JUNIO 2010]  sobre el tratamiento contable de los gastos asociados a la obtención de un aval.

(…) El supuesto objeto de consulta plantea el registro del aval por el tenedor del contrato (empresa avalada) que está obligado a desembolsar un pago inicial y unos pagos periódicos. Desde esta perspectiva, el aval no constituye un instrumento financiero, sino un contrato a ejecutar accesorio de otro principal, cuyo tratamiento contable debería guardar sintonía con el previsto para este último.

En consecuencia, con carácter general, los desembolsos en los que incurra la empresa relacionados con el aval deberán reconocerse en la cuenta pérdidas y ganancias como un gasto de la explotación, sin perjuicio de que al cierre del ejercicio deba reconocerse la correspondiente periodificación.

No obstante lo anterior, en aquellos supuestos en que el aval esté directamente relacionado con una operación financiera, por ejemplo, cuando el tipo de interés dependa del otorgamiento del aval, la obtención del préstamo y la formalización del aval pueden considerarse una sola operación de financiación para la empresa, en la medida en que el aval es requisito indispensable para obtener el préstamo, circunstancia que debería llevar a incluir en el cálculo del tipo de interés efectivo de la operación todos los desembolsos derivados del aval.

 

Ejemplo de ARRENDAMIENTO FINANCIERO:

Valor del bien100.000,00 
Gastos iniciales2.000,00 
Pago aval anual1.500,00 
Tasa de interés anual6% 
nº de años 5 
 
pago anual23.739,64 € 
Cuadro de amortización facilitado por el arrendador: 
PeriodofechaPagosInteresesAmortizaciónPendiente 
001.01.2020100.000,00 
131.12.202023.739,646.000,0017.739,6482.260,36 
231.12.202123.739,644.935,6218.804,0263.456,34 
331.12.202223.739,643.807,3819.932,2643.524,08 
431.12.202323.739,642.611,4421.128,2022.395,89 
5 (oc)31.12.202423.739,641.343,7522.395,890,00 
Cuadro de “asignación financiera” a TIPO DE INTERÉS EFECTIVO9,67%
Pagos:el de al arrendador + costes aval
Coste amortizado inicial:nominal de la deuda – gastos iniciales prestatario – pago aval inicial
PeriodofechaPagosCoste financieroAmortizaciónCoste Amortizado
001.01.2020-96.500,0096.500,00
131.12.202025.239,649.327,7315.911,9180.588,09
231.12.202125.239,647.789,6817.449,9663.138,13
331.12.202225.239,646.102,9619.136,6844.001,44
431.12.202325.239,644.253,2020.986,4423.015,00
5 (oc)31.12.202425.239,642.224,6423.015,000,00

 

 

 

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