Recuerda que antes del 28 de febrero se debe optar/renunciar a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de la base imponible del periodo de los 3, 9 u 11 de cada año
La opción o renuncia se hará a través del modelo 036
Fecha: 21/02/2022
Fuente: web de la AEAT
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (28/02/2022)
Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural: 036
Si el período impositivo no coincide con el año natural, la opción/renuncia a la opción se ejercerá en los primeros dos meses de cada ejercicio o entre el inicio del ejercicio y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses.

