Consulta pública previa el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador de las infracciones de las obligaciones derivadas de las estadísticas del comercio internacional

Publicado: 17 julio, 2023

COMERCIO INTERNACIONAL. Se somete a trámite de consulta pública previa el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador de las infracciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de las estadísticas del comercio internacional de bienes dentro de la Unión Europea.

 

Fecha: 03/07/2022

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Ficha informativa

 

El artículo 4 del Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a las estadísticas empresariales europeas que deroga diez actos jurídicos en el ámbito de las estadísticas empresariales, establece que los Estados miembros de la Unión deberán elaborar las estadísticas de comercio internacional de bienes dentro de la Unión, para lo cual utilizarán todas las fuentes de datos pertinentes, entre las que se encuentran las encuestas, garantizando el cumplimiento de los requisitos de calidad establecidos en el artículo 17.

Asimismo, el artículo 48 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, establece que el incumplimiento de las obligaciones impuestas en relación con las estadísticas para fines estatales será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en su Título V (Infracciones y Sanciones) y que la potestad sancionadora corresponderá a la persona titular de la Dirección del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, cuando se trate de infracciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de las estadísticas de los intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea.

Considerando todo lo anterior, se hace necesario desarrollar determinados aspectos de la normativa relativa al procedimiento sancionador en lo que refiere a las infracciones a las estadísticas de comercio internacional de bienes dentro de la Unión (INTRASTAT), así como establecer los criterios de graduación de las sanciones derivadas de dichas infracciones.

En concreto, se pretenden resolver los problemas derivados de la falta de un desarrollo reglamentario específico en esta materia, que es necesario en el contexto de una materia (las infracciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de las estadísticas del comercio internacional de bienes dentro de la Unión Europea) en la que la regulación de las obligaciones (las derivadas de las estadísticas del comercio intracomunitario de bienes) cuyo incumplimiento constituye una infracción, corresponde a la Unión Europea.

El presente proyecto de Real Decreto tiene los siguientes objetivos:

  1. El desarrollo de determinados aspectos procedimentales que complementan el procedimiento administrativo sancionador establecido en la Ley 39/2015.
  2. La modulación del régimen sancionador establecido en la Ley 12/1989, de la Función Estadística Pública, logrando un mayor ajuste al principio de proporcionalidad
  3. La aclaración de los criterios de graduación de las sanciones en materia estadística establecidos por la Ley 12/1989, de la Función Estadística Pública, simplificando su tipología.
  4. En el marco de esa modulación, se reduce el importe máximo de las multas pecuniarias que podrían ser impuestas con arreglo a la Ley 12/1989, mejorando la proporcionalidad del régimen sancionador.
  5. La reducción de las cargas administrativas, la mejor de la administración de recursos públicos y la minoración de la litigiosidad en vía administrativa en los procedimientos sancionadores.
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