MEDIDAS
ISD. El Congreso insta al Gobierno a bonificar al 99% el impuesto de sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes, entre otras medidas fiscales
Fecha: 26/06/2025
Fuente: web del Congreso de los Diputados
Enlace: Consulta V0120-25 de 07/02/2025
El Pleno del Congreso ha instado al Gobierno a tomar medidas en materia presupuestaria y de fiscalidad, como bonificar al 99% el impuesto de sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes o modificar el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para ajustarlo a la inflación, entre otras medidas.
La moción relativa a “la política fiscal y presupuestaria”, iniciativa del Grupo Junts per Catalunya, se ha aprobado este jueves y ha salido adelante con 176 votos a favor, 163 en contra y 6 abstenciones.
En concreto, el Congreso insta al Gobierno a:
IVA:
- “Rebajar el IVA de los servicios funerarios del 21% actual al tipo reducido del 10%.
- Rebajar el IVA de todos los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y atención residencial al superreducido del 4%.
ISD (SUCESIONES):
- Bonificación del 99% la cuota tributaria del impuesto de sucesiones para los contribuyentes de los grupos de parentesco | y Il (cónyuges, descendientes y ascendientes) en la modalidad de adquisiciones de bienes y derechos por causa de muerte.
- Excluir del impuesto de sucesiones los casos de relevo generacional familiar hasta familiares de 3r grado para facilitar la continuidad y el relevo generacional de las empresas familiares considerando estas personas como emprendedores, incorporándolas a las ayudas y subvenciones, formaciones, premios, etc., para emprendimiento de las cuales actualmente están excluidas por considerarse negocios con antigüedad.
IRPF:
- Modificar el IRPF para ajustarlo a la inflación, deflactándolos los 3 primeros tramos estatales del IRPF y aumentar el mínimo exento.
- Aumentar las deducciones para los autónomos que tributan por el régimen de estimación directa hasta el 100% del rendimiento neto y aumentar el límite máximo para estas deducciones a los 5.000€ anuales.
- Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles para los autónomos para que los elementos que tengan uso personal y uso de actividad que no se pueda acreditar el 100% a la actividad, se puedan deducir en un 50% de la amortización. La misma deducción del 50% se aplicará en los gastos de mantenimiento y resto de gastos vinculados a la utilización del vehículo y otros elementos del inmovilizado.
- Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles para los autónomos para que los consumos compartidos entre la actividad económica y la vivienda habitual, incluida la amortización de la vivienda, se pueda deducir un 25% del total.
- Modificar la Ley 14/2013, de 17 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para que la vivienda habitual de un autónomo se considere patrimonio protegido inembargable para la responsabilidad en deudas públicas y privadas derivadas del ejercicio de una actividad económica, sea empresarial o profesional, flexibilizando los requisitos que se regulan y sin necesidad de constituirse como un emprendedor de responsabilidad limitad, y sin límite de cuantía.
Otros:
- Establecer un tipo del 0% del impuesto sobre el valor de la producción eléctrica cuando el sistema eléctrico no esté produciendo un déficit en la tarifa de este.
- Aprobar el mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva.”
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