El Congreso insta al Gobierno a bonificar al 99% el impuesto de sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes, entre otras medidas fiscales

Publicado: 27 junio, 2025

MEDIDAS

ISD. El Congreso insta al Gobierno a bonificar al 99% el impuesto de sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes, entre otras medidas fiscales

Fecha: 26/06/2025

Fuente: web del Congreso de los Diputados

Enlace: Consulta V0120-25 de 07/02/2025

 

El Pleno del Congreso ha instado al Gobierno a tomar medidas en materia presupuestaria y de fiscalidad, como bonificar al 99% el impuesto de sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes o modificar el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para ajustarlo a la inflación, entre otras medidas.

La moción relativa a “la política fiscal y presupuestaria”, iniciativa del Grupo Junts per Catalunya, se ha aprobado este jueves y ha salido adelante con 176 votos a favor, 163 en contra y 6 abstenciones.

En concreto, el Congreso insta al Gobierno a:

IVA:

    1. “Rebajar el IVA de los servicios funerarios del 21% actual al tipo reducido del 10%.
    2. Rebajar el IVA de todos los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y atención residencial al superreducido del 4%.

ISD (SUCESIONES):

    1. Bonificación del 99% la cuota tributaria del impuesto de sucesiones para los contribuyentes de los grupos de parentesco | y Il (cónyuges, descendientes y ascendientes) en la modalidad de adquisiciones de bienes y derechos por causa de muerte.
    2. Excluir del impuesto de sucesiones los casos de relevo generacional familiar hasta familiares de 3r grado para facilitar la continuidad y el relevo generacional de las empresas familiares considerando estas personas como emprendedores, incorporándolas a las ayudas y subvenciones, formaciones, premios, etc., para emprendimiento de las cuales actualmente están excluidas por considerarse negocios con antigüedad.

IRPF:

    1. Modificar el IRPF para ajustarlo a la inflación, deflactándolos los 3 primeros tramos estatales del IRPF y aumentar el mínimo exento.
    2. Aumentar las deducciones para los autónomos que tributan por el régimen de estimación directa hasta el 100% del rendimiento neto y aumentar el límite máximo para estas deducciones a los 5.000€ anuales.
    3. Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles para los autónomos para que los elementos que tengan uso personal y uso de actividad que no se pueda acreditar el 100% a la actividad, se puedan deducir en un 50% de la amortización. La misma deducción del 50% se aplicará en los gastos de mantenimiento y resto de gastos vinculados a la utilización del vehículo y otros elementos del inmovilizado.
    4. Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles para los autónomos para que los consumos compartidos entre la actividad económica y la vivienda habitual, incluida la amortización de la vivienda, se pueda deducir un 25% del total.
    5. Modificar la Ley 14/2013, de 17 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para que la vivienda habitual de un autónomo se considere patrimonio protegido inembargable para la responsabilidad en deudas públicas y privadas derivadas del ejercicio de una actividad económica, sea empresarial o profesional, flexibilizando los requisitos que se regulan y sin necesidad de constituirse como un emprendedor de responsabilidad limitad, y sin límite de cuantía.

Otros:

    1. Establecer un tipo del 0% del impuesto sobre el valor de la producción eléctrica cuando el sistema eléctrico no esté produciendo un déficit en la tarifa de este.
    2. Aprobar el mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva.”
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