PRIMAS DE SEGUROS. MODELOS 430, 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296, 289

Publicado: 28 julio, 2023

PRIMAS DE SEGUROS. MODELOS 430, 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296, 289. Se somete a audiencia e información pública el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 430 de “Impuesto sobre las Primas de Seguros. Autoliquidación” y se determina la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las Órdenes ministeriales que aprueban los diseños de registro de los modelos 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296 y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden ministerial que aprueba el modelo 289.

 

Fecha: 27/07/2023

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Texto del Proyecto

Modelo

 

Nuevo modelo 430. “Impuesto sobre las Primas de Seguros. Autoliquidación”.

La presente orden contiene las modificaciones normativas destinadas a actualizar convenientemente dicha información tributaria relativa a las obligaciones informativas y cuyas principales modificaciones se describen a continuación, así como la aprobación normativa de un nuevo modelo 430 “Impuesto sobre las Primas de Seguros. Autoliquidación”.

De esta forma, en primer lugar, con el propósito principal de actualizar la declaración liquidación mensual modelo 430, y en aras de facilitar el cumplimiento de dicha obligación tributaria, se ha considerado conveniente aprobar un nuevo modelo 430, como ya se hizo en el caso del modelo 480, “Impuesto sobre las Primas de Seguros. Declaración Resumen Anual”. Así, los artículos primero, segundo, tercero y cuarto de la presente orden aprueban este nuevo modelo, y las condiciones y formas de presentación del mismo.

Modelo 188. Declaración Informativa de retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. Resumen anual.

  • actualizar los diseños de registro de ambos modelos en un doble sentido: por un lado, actualizar las referencias normativas de los campos “NIF del declarante”, “NIF del perceptor” y “NIF del representante legal”; por otro lado, adaptar dichos diseños de registro a lo establecido en la nueva disposición adicional quincuagésima séptima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, introducida por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que extiende para los períodos impositivos 2022 y 2023 la deducción prevista en el número 1.º del apartado 4 del artículo 68 de la citada Ley 35/2006, en los mismos términos y condiciones, a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma, debiendo entenderse, a estos efectos, que las referencias realizadas a Ceuta y Melilla en dicho artículo y en su desarrollo reglamentario lo son a la isla de La Palma.

Modelo 194. Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes) sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Resumen anual.

  • actualizar los diseños de registro de ambos modelos en un doble sentido: por un lado, actualizar las referencias normativas de los campos “NIF del declarante”, “NIF del perceptor” y “NIF del representante legal”; por otro lado, adaptar dichos diseños de registro a lo establecido en la nueva disposición adicional quincuagésima séptima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, introducida por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que extiende para los períodos impositivos 2022 y 2023 la deducción prevista en el número 1.º del apartado 4 del artículo 68 de la citada Ley 35/2006, en los mismos términos y condiciones, a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma, debiendo entenderse, a estos efectos, que las referencias realizadas a Ceuta y Melilla en dicho artículo y en su desarrollo reglamentario lo son a la isla de La Palma.

Modelo 180. Declaración informativa. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos

  • al objeto de desglosar la isla de La Palma en los campos “Código provincia” y “Dirección del inmueble”, del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo, de modo que puedan identificarse los rendimientos a los que resulte de aplicación la reducción del porcentaje de retención mencionada en el párrafo anterior.

Modelo 198. Declaración informativa. Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios.

  • con la finalidad, por un lado, de introducir en los diseños de registro del modelo las modificaciones necesarias para informar adecuadamente de las compensaciones y penalidades derivadas de lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 de la Comisión, de 25 de mayo de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la disciplina de liquidación. Por otro lado, se incluye una nueva clave L en el campo “Clave de valor”, del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños de registro del modelo, para identificar los contratos por diferencias.

Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta (declaración – documento de ingreso).

  • Se introduce un nuevo campo “Retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra” del registro de tipo 1, registro de declarante y se añade un apartado C al registro de tipo 2, registro de perceptor, denominado “registro de retenciones forales” para informar de manera diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.

Modelo 196. Declaración informativa. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, y declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda clase de instituciones financieras.

  • desglosa la isla de La Palma en el campo “Código provincia” del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños de registro del modelo.

Modelo 189. Declaración informativa anual de valores, seguros y rentas.

  • Al objeto de actualizar las referencias normativas del campo “Código país”, así como de ampliar el número de posiciones del campo “Número de valores”, ambos del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños de registro del modelo.

Modelo 193. Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre determinados rendimientos del capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas. Resumen anual.

  • se desglosa la isla de La Palma en el campo “Código de provincia”, del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo y se actualiza la descripción del campo “% de retención”.
  • en el registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo se incluye una nueva subclave 15 dentro de la clave de percepción C, en el campo “Naturaleza”, para informar de los anticipos a cuenta derivados de la cesión de la explotación de derechos de autor, cuando tales anticipos tengan la consideración de rendimientos del capital mobiliario, que se vayan a devengar a lo largo de varios años, puesto que el porcentaje de retención e ingreso a cuenta en estos casos es un porcentaje reducido en base a la modificación del artículo 101.9 de la Ley 35/2006 efectuada por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
  • se incluye una nueva categoría en el campo “Pago”, del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo para informar de los pagos que realice el declarante en calidad de mediador de otro tipo de rendimientos o rentas no incluidos en las restantes categorías.
  • se introduce una modificación técnica en el campo “Naturaleza del declarante”, del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo para indicar que siempre que en dicho campo se consigne “S”, el campo “Penalizaciones” (posiciones 182-192, del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo) se consignará a ceros.
  • se crea un nuevo campo “Retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra” para informar de manera diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.

 

Modelo 165. Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.

 

  • para introducir en el registro de tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro del modelo un nuevo campo que identifique a los declarantes que tengan la consideración de “Empresa emergente”, según lo establecido en el apartado 1 del artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

Modelo 184. Declaración informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual.

  • incluye en el registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, de los diseños de registro del modelo, dos nuevos campos para informar del “Rendimiento neto previo de actividades económicas en estimación objetiva (excepto agrícolas, ganaderas y forestales)” y del “Rendimiento neto minorado de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva”. Dichos campos han sido introducidos teniendo en consideración la modificación de la letra c del apartado 1 del artículo 308 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, efectuada por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.

 

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