CONVENIO ESPAÑA – URUGUAY
Corrección de errores del Convenio entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 9 de octubre de 2009.
Advertido error en la publicación del Convenio entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 9 de octubre de 2009 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 87 de fecha 12 de abril de 2011 se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página número 37510, en el artículo 2.3 debe añadirse un apartado v) quedando como sigue:
| Texto original | Rectificación |
| iv)el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS); y
(denominados en lo sucesivo «impuesto uruguayo»).» | iv)el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS); y v) el Impuesto al Patrimonio (IP) (denominados en lo sucesivo «impuesto uruguayo»).» |
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