ALAVA. REGLAMENTO DE INSPECCIÓN DE LOS TRIBUTOS. Decreto Foral 38/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 27 de septiembre. Aprobar la modificación del Decreto Foral 41/2006, de Consejo de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección de los Tributos del Territorio Histórico de Álava
- Se incorpora al reglamento el desarrollo de la tramitación administrativa en el supuesto de indicios sobre la comisión de delitos contra la Hacienda Pública.
- Se establecen nuevos supuestos en los que procede la incoación de un acta con carácter de previa.
- En lo que se refiere a la duración del procedimiento se establece un nuevo supuesto de interrupción justificada del mismo y se modifica el relativo a supuestos de indicios de delito contra la Hacienda Pública.
- Se recoge la necesaria disociación de los datos tributarios de terceros en los supuestos de utilización de datos tributarios que procedan de la propia Administración Tributaria en orden a preservar el carácter reservado de los datos utilizados para la misma por parte de la inspección de tributos.
- Se establece la posibilidad de suscribir actas y diligencias mediante firma electrónica, siempre que Se cumplan los requerimientos legales para su utilización.
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