DÍAS INHÁBILES. Decreto Foral-Resolución 259/2026, de 20 de octubre, por el que se declaran los días inhábiles en los procedimientos administrativos del ámbito de competencia de la Diputación Foral de Gipuzkoa para el año 2027.
Primero. En el año 2027 y en lo que se refiere a la Diputación Foral de Gipuzkoa, se declaran inhábiles a los efectos expresados en la parte expositiva:
a) Los sábados y domingos.
b) Los doce días festivos relacionados en el Decreto 90/2026, de 9 de junio
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 25 de marzo, Jueves Santo.
- 26 de marzo, Viernes Santo.
- 29 de marzo, Lunes de Pascua de Resurrección.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 7 de octubre, Aniversario primer Gobierno de Euskadi.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
c) El 20 de enero, festivo local en San Sebastián, establecido por la Resolución de 21 de septiembre de 2026 del delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Gipuzkoa, por encontrarse en este municipio la sede principal de la Diputación Foral.
d) El 31 de julio, sábado y festivo en todo el Territorio Histórico de Gipuzkoa, de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 21 de septiembre de 2026 antes citada.
e) El 24 y el 31 de diciembre.
Segundo. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en el registro electrónico.
A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las persona interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil (artículo 31.2).

