ÁLAVA. IRNR. IVA. ITP. IVPEE. Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 7/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de noviembre. Adaptar a la normativa tributaria alavesa las modificaciones introducidas en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el IVA, en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y la adopción de medidas urgentes en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y en el Impuesto sobre la Electricidad.
En lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se modifican los artículos en materia de responsabilidad solidaria y de representación de no residentes para excluir los supuestos de contribuyentes residentes en la UE y en algún Estado del EEE al que se aplique la normativa de asistencia mutua.
En cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido, actualiza el supuesto de responsabilidad subsidiaria del pago del impuesto, definido actualmente para los y las agentes de aduanas, que ahora será de aplicación a las personas o entidades que actúen en nombre y por cuenta del importador, matiza el alcance y naturaleza de los incumplimientos de las obligaciones específicas del régimen especial del grupo de entidades y extiende el supuesto de responsabilidad subsidiaria del pago de la deuda tributaria que alcanza a quien ostente la titularidad de los depósitos distintos de los aduaneros.
En materia de Impuestos Especiales, se modifica la definición de «depósitos fiscales» y se tipifican nuevos supuestos de infracciones y sanciones. Además, se modifica el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, con efectos hasta el 31 de diciembre de 2021,
cambiando los límites de emisiones oficiales de CO2 que determinan el epígrafe por el cual tributan los vehículos.
Por otra parte, se ha aprobado el Real Decreto-Ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad, en el que se han adoptado medidas urgentes y extraordinarias que tratan de frenar de manera inmediata el efecto que el incremento del precio de la electricidad está teniendo en el resto de sectores de la economía.
Así, se prorroga un trimestre adicional la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, una reducción del tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11269632 por ciento al 0,5 por ciento.
Asimismo, se modifica el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para introducir una modificación en la redacción de los supuestos de no sujeción.
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