CONCESIÓN DE AYUDAS SECTOR VIDEOJUEGOS.
Orden CUD/1275/2021, de 11 de noviembre, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en el procedimiento de concesión de las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital.
Artículo 5. Régimen de subsanación en caso de no utilización de medios electrónicos en la presentación de solicitudes.
Si alguno de los interesados presentase su solicitud presencialmente, el órgano convocante requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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