GIPUZKOA. HIDROCARBUROS. SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN. Orden Foral 195/2022, de 30 de marzo, por la que se modifica el plazo de solicitud de devolución del impuesto sobre hidrocarburos soportado en la agricultura y la ganadería por la adquisición de gasóleo durante 2021.
Artículo único. Modificación del plazo de solicitud de devolución del impuesto sobre hidrocarburos soportado en la agricultura y la ganadería por la adquisición de gasóleo durante 2021.
El plazo establecido en el artículo 2 de la Orden Foral 274/2010, de 25 de marzo, que regula el procedimiento para la devolución del impuesto sobre hidrocarburos soportado en la agricultura y la ganadería por la adquisición de gasóleo, para la solicitud del derecho a la devolución del impuesto sobre hidrocarburos soportado en la agricultura y la ganadería por la adquisición de gasóleo que se haya efectuado durante el año 2021, comenzará a computarse a partir del 1 de abril de 2022, finalizando el último día del mes de mayo de dicho año.
Artículos Relacionados
- Orden Foral 278/2026, de GIPUZKOA, por la que se modifica el modelo 490 «Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Autoliquidación»
- Orden Foral 259/2026 por la que se aprueban los modelos 200, 220, 20G y 22G de presentación de las autoliquidaciones del IS
- Orden Foral 246/2026, de 3 de junio, de los registros de la relación comprensiva de los deudores a la Hacienda Foral de Gipuzkoa

