Orden HFP/188/2023, de 27 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación para el 4T de 2022

Publicado: 28 febrero, 2023

INFORMACIÓN TRIBUTARIA. VALORES NEGOCIADOS. ORDEN 179. Orden HFP/188/2023, de 27 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2022, a efectos de la declaración del Impuesto Sobre el Patrimonio del año 2022 y de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y por la que se modifica la Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

 

(…) en relación al modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos», analizado el contenido de dicha declaración, se ha considerado procedente modificar su plazo de presentación, de forma que se realice con una periodicidad anual. Por ello, se procede en el artículo segundo de esta orden a modificar la Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, con el objetivo de anualizar su presentación.

Artículo 2. Modificación de la Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179 «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación:

Uno. Se modifica el título de la Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, que pasará a denominarse: Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Dos. Se modifica su artículo 1, que tendrá el siguiente contenido:

«Artículo 1. Aprobación del modelo 179.

Se aprueba el modelo 179, “Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, que habrá de presentarse con periodicidad anual por los obligados a declarar, y remitirse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el procedimiento y con el formato y diseño previstos en los artículos 5 y 6, y con el contenido a que se refiere el anexo de la misma.»

Tres. Se modifica su artículo 4, que tendrá el siguiente contenido:

«Artículo 4. Plazo de presentación.

La presentación del modelo 179 tendrá una periodicidad trimestral, y deberá presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera la declaración.El plazo de presentación del modelo 179 será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año, en relación con la información y operaciones que correspondan al año natural inmediato anterior.»

Cuatro. Se modifican las claves y valores permitidos en campos de tipo lista L2-Período de su anexo, que tendrá el siguiente contenido:

«L2-Periodo

ValoresDescripción
1TPrimer trimestre.
2TSegundo trimestre.
3TTercer trimestre.
4TCuarto trimestre.
«L2-Periodo

ValoresDescripción
1TPrimer trimestre.
2TSegundo trimestre.
3TTercer trimestre.
4TCuarto trimestre.
OAAnual.»

 

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El nuevo plazo de presentación previsto para el modelo 179 será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que deberán presentarse en enero de 2024.

 

Si te ha interesado ... compártelo !