MODELO IRPF e IP 2022. Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos.
Artículo 8. Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
1. El plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 11 de abril y 30 de junio de 2023, ambos incluidos.
Lo dispuesto en este apartado se entenderá sin perjuicio del plazo específicamente establecido en el artículo 14.3 para la domiciliación bancaria del pago de las deudas tributarias resultantes de las mismas, salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso la confirmación y presentación podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2023.
2. El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio será el comprendido entre los días 11 de abril y 30 de junio de 2023, ambos inclusive, sin perjuicio del plazo específicamente establecido en el artículo 14.3, para la domiciliación bancaria del pago de las deudas tributarias resultantes de las mismas.
NOTA: EN NUESTRO BOLETÍN DEL PRÓXIMO LUNES INCLUIREMOS UN ANÁLISIS EXHAUSTIVO DE LAS NOVEDADES EN LAS DECLARACIONES DEL IRPF Y DEL IP DEL AÑO 2022