Principales novedades tributarias introducidas por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre

Publicado: 2 enero, 2023

Principales novedades tributarias introducidas por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (BOE de 24 de diciembre de 2022) [22 páginas]

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSÍCAS

Con efectos desde 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF):

  • Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
  • Obligación de declarar
  • Determinación del tipo de retención
  • Reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa
  • Reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada
  • Reducción a empresarios determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva
  • Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva
  • Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones empresariales a sistemas de previsión social
  • Tipo de gravamen del ahorro en el IRPF
  • Escala aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español
  • Deducción por maternidad
  • Retención sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual
  • Imputación de rentas inmobiliarias
  • Deducción por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma durante los períodos impositivos 2022 y 2023
  • Régimen fiscal especial de las Illes Balears

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Con efectos desde 1 de enero de 2023, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS):

  • El tipo de gravamen
  • Amortización acelerada de determinados vehículos
  • Régimen fiscal especial de las Illes Balears
  • Régimen Económico y Fiscal especial de Canarias

(….)

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA):

  • Exenciones en el marco de la política común de seguridad y defensa. (artículos: 16. 3º, 22. Diez y Once y 62 LIVA)
  • Localización de servicios: regla de utilización o explotación efectiva (artículo 70. Dos LIVA)
  • Actualización de la LIVA a la normativa aduanera comunitaria (artículos: 18. Dos y Tres, 19. 5º, 21. 3º y 7º, 22. Siete y dieciséis, 23, 24, 83.Dos, 167 y anexo sexto LIVA)
  • Inversión del sujeto pasivo (artículo 84. Uno. 2º, anexo séptimo LIVA)
  • Comercio electrónico (artículo 68. Cuatro LIVA)
  • Procedimiento para recuperar el IVA de créditos incobrables (artículo 80. Cuatro y cinco LIVA)
  • Tipo reducido del 4% para productos de higiene femenina (artículos: 91. Uno. 1. 6º b) y 91. Dos. 1. 7º LIVA)
  • Prórroga de los límites excluyentes del régimen simplificado y régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (Disposición transitoria decimotercera LIVA)
  • XXXVII Copa América Barcelona

 

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO

Con efectos desde la entrada en vigor y vigencia indefinida, los artículos 80 a 82 de la LPGE para 2023 introducen modificaciones referidas a la adecuación a la normativa aduanera, al lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios y al régimen general de deducciones, para alinear la regulación de IVA e IGIC.

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