Resolución de 28 de abril de 2026 de medidas tributarias urgentes

Publicado: 30 abril, 2026

MEDIDAS TRIBUTARIAS URGENTES. Resolución de 28 de abril de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán.

La Cámara ha debatido el Real Decreto-Ley de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán. La norma establecía una prórroga de hasta dos años para los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen antes del 31 de diciembre de 2027, siempre que lo solicite el inquilino, manteniéndose las mismas condiciones del contrato, y un límite del dos por ciento a la actualización anual de la renta hasta finales de año. El Pleno ha derogado la norma por 166 votos a favor, 177 votos en contra y 5 abstenciones.

La no convalidación por parte del Parlamento significa que esta medida deja de estar vigente desde la publicación en el BOE, con lo que sólo ha surtido efectos legales entre el 22 de marzo y el día de la votación de la no convalidación en el Congreso (28 de abril).

Ahora sólo podrán disfrutar de esta prórroga extraordinaria de dos años aquellos contratos de arrendamiento que se encuentren en el momento de prórroga obligatoria o tácita entre el 22 de marzo y el 28 de abril y cuyos inquilinos la hayan solicitado formalmente al propietario.

Inquilino que solicitó la prórroga durante su vigencia:

  • Si el inquilino solicitó la prórroga extraordinaria entre el 22 de marzo y el 28 de abril de 2026 a aquellos arrendamientos que vencieron mientras el decreto estuvo vigente: el inquilino está blindado ya el derecho se ejercitó mientras el decreto estaba vigente. Ö
  • Si el inquilino solicitó la prórroga extraordinaria entre el 22 de marzo y el 28 de abril de 2026 a aquellos arrendamientos que no vencieron mientras el decreto estuvo vigente: como el decreto no ha sido convalidado y sus efectos no pueden proyectarse más allá de su vigencia está en el aire si el inquilino está protegido. ¿¿¿¿¿¿¿¿
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