La OCDE publica una guía de precios de transferencia en transacciones financieras

Publicado: 14 febrero, 2020

Hoy, la OCDE publicó el informe Guía de precios de transferencia sobre transacciones financieras: Marco inclusivo sobre BEPS: Acciones 4, 8-10 .

Fecha: 11/02/2020

Fuente: web de la OCDE

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Hoy, la OCDE publicó el informe Guía de precios de transferencia sobre transacciones financieras: Marco inclusivo sobre BEPS: Acciones 4, 8-10 .

En octubre de 2015, como parte del paquete BEPS final, la OCDE / G20 publicó los informes sobre la Acción 4 ( Limitación de la erosión básica que implica deducciones de intereses y otros pagos financieros ) y las Acciones 8-10 ( Alineación de los resultados de los precios de transferencia con la creación de valor ) . Esos informes exigían un trabajo de seguimiento sobre los aspectos de precios de transferencia de las transacciones financieras.

El informe publicado hoy es significativo porque es la primera vez que las Directrices de precios de transferencia de la OCDE incluyen orientación sobre los aspectos de precios de transferencia de las transacciones financieras, lo que contribuirá a la coherencia en la interpretación del principio de plena competencia y ayudará a evitar disputas de precios de transferencia y doble imposición .

La guía en este informe describe los aspectos de precios de transferencia de las transacciones financieras. También incluye una serie de ejemplos para ilustrar los principios discutidos en el informe. La Sección B proporciona orientación sobre la aplicación de los principios contenidos en la Sección D.1 del Capítulo I de las Directrices de precios de transferencia de la OCDE a las transacciones financieras. En particular, la Sección B.1 de este informe explica cómo el análisis de delineación precisa del Capítulo I se aplica a la estructura de capital de una EMN dentro de un grupo de EMN. También aclara que la orientación incluida en esa sección no impide que los países implementen enfoques para abordar la estructura de capital y la deducción de intereses en virtud de su legislación nacional. Sección B. 2 describe las características económicamente relevantes que informan el análisis de los términos y condiciones de las transacciones financieras. Las secciones C, D y E abordan cuestiones específicas relacionadas con la fijación de precios de las transacciones financieras (por ejemplo, funciones de tesorería, préstamos intragrupo, agrupación de efectivo, cobertura, garantías y seguro cautivo). Este análisis elabora tanto la delimitación precisa como el precio de las transacciones financieras controladas. Finalmente, la Sección F proporciona orientación sobre cómo determinar una tasa de rendimiento libre de riesgo y una tasa de rendimiento ajustada al riesgo. Este análisis elabora tanto la delimitación precisa como el precio de las transacciones financieras controladas. Finalmente, la Sección F proporciona orientación sobre cómo determinar una tasa de rendimiento libre de riesgo y una tasa de rendimiento ajustada al riesgo. Este análisis elabora tanto la delimitación precisa como el precio de las transacciones financieras controladas. Finalmente, la Sección F proporciona orientación sobre cómo determinar una tasa de rendimiento libre de riesgo y una tasa de rendimiento ajustada al riesgo.

Las secciones A a E de este informe se incluyen en las Directrices de precios de transferencia de la OCDE como Capítulo X. La Sección F se agrega a la Sección D.1.2.1 en el Capítulo I de las Directrices, inmediatamente después del párrafo 1.106.

Abordar la erosión de la base y el cambio de ganancias sigue siendo una prioridad clave de los gobiernos de todo el mundo. En 2013, los países de la OCDE y del G20, trabajando juntos en igualdad de condiciones, adoptaron un Plan de Acción de 15 puntos para abordar BEPS. En 2015, el paquete de medidas BEPS fue respaldado por los líderes del G20 y la OCDE. Con el fin de garantizar la implementación efectiva y consistente de las medidas BEPS, el Marco Inclusivo sobre BEPS se estableció en 2016 y ahora tiene 137 miembros. Reúne a todos los países y jurisdicciones interesados ​​en pie de igualdad en el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE.

Obtenga más información sobre el Marco Inclusivo en BEPS: www.oecd.org/tax/beps .

 

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