Conexión entre ampliación de capital y fusión de empresas en reestructuración no está sujeta a ITP OS

Publicado: 30 junio, 2022

Ampliación de capital producida en el contexto de una operación de fusión por absorción en la que la entidad absorbente era previamente titular al 100 por 100 del capital de las sociedades absorbidas. Conexión estrecha entre ambas operaciones porque la ampliación se efectuó en el marco de la reestructuración empresarial y para evitar el efecto dilución. NO ESTÁ SUJETA. Reitera doctrina

 

Fecha: 15/06/2022

Fuente: web del Poder Judicial

Enlaces:  Sentencia del TS de 15/06/2021 y Sentencia del TS de 14/06/2022

 

Cuestión casacional ya resuelta en tres sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 23 de marzo de 2021, de 25 de marzo de 2021  y de 25 de marzo de 2021

El TS vuelve a contestar:

cuando, en el contexto de una fusión por absorción en la que previamente pertenecían a la sociedad absorbente la totalidad de las participaciones de las absorbidas, ha tenido lugar una ampliación de capital de la sociedad absorbente, no estará sujeta al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad operaciones societarias, dicha ampliación de capital cuando se constate debidamente -como aquí ha sucedido- que la misma estaba íntima y estrechamente vinculada con la operación de reestructuración empresarial (la fusión por absorción) realizada”.

 

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