Los bienes heredados transmitidos a un tercero no protegido de la fe pública registral quedan afectos al pago de la deuda del ISD en proporción.
Sentencia del TS de 05/06/2018
Derivación de responsabilidad subsidiaria.- Tercero no protegido por la fe pública registral que adquiere un bien inmueble transmitido mortis causa.- El bien inmueble queda afecto al pago de la deuda tributaria en proporción al valor que representa en la masa hereditaria.
Sentencia del TS de 07/06/2018
Afección al pago del impuesto de un bien adquirido por herencia enajenado a un tercero no protegido por la fe pública registral. Artículo 9.1 RISD. Afección en proporción al valor que represente en la masa hereditaria.