IRPF. IMPATRIADO. OPCIONES SOBRE ACCIONES. Los rendimientos de trabajo en especie obtenidos por un impatriado en el ejercicio de un plan de opciones sobre acciones están sujetos a tributación en España
Fecha: 15/02/2023
Fuente: web del Poder Judicial
Enlace: Sentencia de la AN de 15/02/2023
Un desplazado a España en 2014 acogido al régimen especial de tributación para trabadores desplazados prevista en la Ley del IRPF, con efectos desde 2015.
En marzo y abril de 2015 recibe unas acciones gratuitas (dentro de un programa de “restricted stock units” -RSU- suscritos antes de su traslado a España) y otros títulos como consecuencia del ejercicio de opciones sobre acciones.
Tales rendimientos tienen la naturaleza de remuneraciones en especie diferidas – lo cual no presenta polémica- y, por ello, se incluyeron a efectos del cálculo de las retenciones correspondientes a los meses indicados, de marzo y abril de 2015.
No obstante, entendiendo que las retenciones efectuadas obedecían a un error porque esos rendimientos en especie derivaban de actividades desarrolladas con anterioridad al desplazamiento a España, Restaurantes Mcdonalds, SA solicitó la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos.
En los actos tributarios recurridos se considera improcedente la rectificación en aplicación del artículo 93.2 LIRPF del que resultaría que la totalidad de los rendimientos en especie obtenidos por el Sr. Agapito durante la aplicación del régimen especial debían entenderse obtenidos en territorio español.
La Audiencia Nacional concluye que las rentas en especie derivadas de planes sobre acciones se entienden obtenidas cuando el empleado adquiere las acciones (que es cuando se han consolidado sus derechos). Como esta circunstancia tiene lugar después del desplazamiento a España, los rendimientos deberán tributar en este territorio (aunque la generación del rendimiento se haya producido en parte en periodos en los que se prestaba servicios fuera de España).
En consecuencia, estos rendimientos del trabajo en especie estarán sujetos a tributación en España, aunque se podrán beneficiar del régimen especial de impatriados.
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