Resolución del TEAC de 17/05/2018
Criterio:
El inicio del procedimiento de subsanación de discrepancias depende en exclusiva de la decisión interna de la Administración. Por ello, se ha de inadmitir el recurso de reposición interpuesto contra la improcedencia de incio del procedimiento de subsanación de discrepancias.
Artículos Relacionados
- La Inspección también debe justificar previamente la necesidad de realizar una comprobación de valores
- La emisión de facturas falsas por operaciones simuladas se sanciona con el 75 %, sin aplicar la agravante por incumplimiento
- Hacienda puede exigir la identificación de los socios mayoritarios de una sociedad sin necesidad de justificar una actuación

