Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1200 de la Comisión, de 5 de junio de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en lo que respecta a las normas de aplicación del derecho de aduana temporal de 3 EUR sobre las ventas a distancia de bienes importados en un envío cuyo valor intrínseco no supere los 150 EUR.
- Objeto de la norma
El Reglamento tiene por objeto adaptar las disposiciones de aplicación del Código Aduanero de la Unión a la introducción de un derecho de aduana temporal de 3 euros para las importaciones de bienes de escaso valor (hasta 150 euros) realizadas mediante ventas a distancia desde terceros países, tras la supresión de la franquicia aduanera que anteriormente beneficiaba a este tipo de envíos.
- ¿Qué regula?
La norma modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 para incorporar las nuevas reglas aduaneras derivadas de la reforma introducida por el Reglamento (UE) 2026/382. Entre las principales medidas destacan:
a) Garantías globales para importaciones de bajo valor
Se introducen reglas específicas para la utilización y control de garantías globales destinadas a cubrir los derechos de importación y demás gravámenes aplicables a mercancías importadas mediante ventas a distancia en envíos con valor intrínseco no superior a 150 euros.
b) Determinación de la aduana competente
Se establece que, cuando no se utilice el régimen especial de IVA para ventas a distancia de bienes importados (IOSS), la aduana competente para el despacho a libre práctica deberá estar situada en el Estado miembro de destino de las mercancías.
c) Tratamiento de artículos y envíos agrupados
Se modifican las normas sobre la consideración de los artículos incluidos en una declaración aduanera y se limita la posibilidad de agrupar mercancías a determinados supuestos de simplificación aduanera.
Asimismo, se aclara que las autoridades aduaneras podrán tratar como ventas a distancia individuales los envíos agrupados cuando existan indicios de que corresponden realmente a múltiples ventas separadas, aplicando en consecuencia los derechos de aduana correspondientes.
d) Tránsito postal
Se actualizan las disposiciones relativas a la circulación de mercancías transportadas bajo la responsabilidad de operadores postales, tanto en régimen de tránsito externo como interno, incluyendo nuevas referencias documentales y de etiquetado.
e) Adaptación de códigos y declaraciones aduaneras
Se modifican diversos códigos contenidos en el Anexo B del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 para:
- Eliminar referencias a la antigua franquicia aduanera.
- Crear nuevos códigos para mercancías de bajo valor sujetas al nuevo régimen.
- Incorporar un código específico de preferencia arancelaria para la aplicación del derecho de aduana de 3 euros.
- Actualizar determinados modelos de declaraciones aduaneras (H1, H6 y H7).
- ¿A quién va dirigido?
La norma afecta principalmente a:
- Autoridades aduaneras de los Estados miembros.
- Operadores económicos que realizan importaciones mediante ventas a distancia desde terceros países.
- Plataformas de comercio electrónico y vendedores que utilicen los regímenes especiales de importación.
- Operadores postales responsables del transporte internacional de mercancías.
- Representantes aduaneros y profesionales especializados en comercio exterior y aduanas.
- Entrada en vigor
El Reglamento:
- Entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir, el 9 de junio de 2026.
- Será aplicable a partir del 1 de julio de 2026.
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