Procedimiento de recaudación. Denegaciones de solicitudes de aplazamiento formuladas por sociedades disueltas y en liquidación. Motivos de la denegación. Existencia de dificultades económicas estructurales.
Resolución del TEAC de 24/04/2019
Criterio:
Las solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento formuladas por sociedades disueltas y en liquidación pueden ser denegadas sin necesidad de realizar análisis o estudio específico de las dificultades económicas alegadas, al poderse calificar éstas en todo caso como estructurales, por ser este carácter consustancial a la situación de disolución y liquidación.
Unificación de criterio
Artículos Relacionados
- La Inspección también debe justificar previamente la necesidad de realizar una comprobación de valores
- La emisión de facturas falsas por operaciones simuladas se sanciona con el 75 %, sin aplicar la agravante por incumplimiento
- Hacienda puede exigir la identificación de los socios mayoritarios de una sociedad sin necesidad de justificar una actuación

