Resumen: Se introducen nuevas preguntas en el INFORMA sobre el IVA
Normativa: Ley 37/1992
Fecha: 07/2019
Fuente: web de la AEAT
Enlace: acceder
141860-VENTAS DE TABACO A ESTABLECIMIENTOS DE VENTA CON RECARGO
Base imponible y tributación de las ventas de tabaco realizadas por estancos a establecimientos autorizados para la venta con recargo (bares, restaurantes, etc.), los cuales tributan en recargo de equivalencia.
106723-ENSEÑANZA: AUTOESCUELAS
Exención de los cursos de sensibilización y reeducación para la recuperación de puntos, así como del permiso de conducción impartidos por los centros autorizados.
Están sujetos y NO exentos del IVA los cursos de sensibilización y reeducación para la recuperación de puntos así como del permiso de conducción impartidos por los centros autorizados por el Ministerio del Interior, para la obtención de los permisos de conducción de las clases AM, A1, A2, A, B, B E, C1 y C1 E. Tributarán al tipo del 21%.
141842-COMUNIDAD DE CÓNYUGES CONSTRUYE SU VIVIENDA. DEDUCCIONES
Deducibilidad del Impuesto soportado por una comunidad de bienes integrada por un matrimonio, cuyo objeto es la adquisición de un terreno y la promoción ulterior de una vivienda, que será entregada por la comunidad a los cónyuges una vez finalizada la promoción.
141831-CLAÚSULA DE LA UTILIZACIÓN O EXPLOTACIÓN EFECTIVAS: REQUISITOS
Requisitos que deben concurrir para que la cláusula de la utilización o explotación efectivas del art 70.dos LIVA resulte procedente.
141808-ESTABLECIMIENTO PERMANENTE Y VOLUMEN DE OPERACIONES
Contribuyente establecido fuera del territorio de aplicación del Impuesto, realiza también operaciones en dicho territorio por medio de un establecimiento permanente. Cálculo del volumen de operaciones a efectos de determinar el período mensual de liquidación y la inclusión en el SII.
Artículos Relacionados
- Imputación temporal y efectos en IVA de la reducción de rentas por sentencia judicial firme
- El TEAC excluye el derecho a deducir el IVA soportado por la adquisición de bienes y servicios, como entradas para espectáculos deportivos, destinados a atenciones a clientes
- El TEAC refuerza la distinción de plazos en la rectificación del IVA: cuatro años para rectificar y solo uno para regularizar

