Analiza los intereses de préstamos otorgados a una sociedad para llevar a cabo una reducción de capital para amortizar acciones propias

Publicado: 6 octubre, 2020

Estos intereses no son deducibles, sin embargo los intereses de préstamo otorgado para distribuir dividendos sí lo son.

 

Fecha: 13/03/2020

Fuente: web del Poder Judicial

Enlace: Sentencia de la AN de 13/03/2020

 

 

La Audiencia Nacional concluye:

  • Los gastos financieros derivados de un préstamo concedido para la recompra de acciones propias no son deducibles por no estar correlacionados con los ingresos de la entidad.

La doctrina de los tribunales defiende que la deducibilidad de los gastos pende de su correlación con los ingresos, de ahí que los gastos financieros ligados a un préstamo dirigido a la ejecución de una operación societaria de reducción de capital no se consideren correlacionados con los ingresos propios de la actividad económica de la sociedad

  • Frente a ello, sí lo son los derivados de préstamos para pagar dividendos, dado que en este caso sí estamos ante gastos correlacionados con los ingresos.

 

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