¿Cuál es el cauce adecuado para cuestionar la autoliquidación por ingreso considerado indebido por  contrario a la Constitución o al Derecho de la UE?

Publicado: 23 diciembre, 2020

¿Cuál es el cauce adecuado para cuestionar la autoliquidación practicada por el propio contribuyente -que ha procedido a autoliquidar en cumplimiento de sus obligaciones tributarias e ingresar en plazo, evitando de esta forma ser sancionado- cuando considere indebido el ingreso por ser la norma de creación del tributo contraria a la Constitución o al Derecho de la Unión Europea? Plantea una cuestión similar al RRCA/3524/2020, 3590/2020, 3892/2020, 4036/2020 y 4144/2020

 Autoliquidación en relación con el Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera

Fecha: 03/12/2020

Fuente: web del Poder Judicial

Enlace: Auto del TS de 03/12/2020

 

Hechos:

1º.- Autoliquidación en relación con el Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial El 20 de febrero de 2016 ALITALIA SOCIETA AEREA ITALIANA, SRL presentó autoliquidación por el concepto de impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, por un importe de 31.957,89 €, cantidad que ingresó en esa misma fecha en la cuenta de la Agencia Tributaria de Cataluña.

2º.- Solicitud de rectificación de autoliquidación. El 6 de abril de 2016, la interesada presenta solicitud de rectificación de la autoliquidación del impuesto y de devolución de ingresos indebidos, correspondiente al ejercicio 2015.

3º.-Denegación de la solicitud. El 19 de septiembre de 2016 el Delegado Territorial de Barcelona de la Agencia Tributaria Catalana dictó resolución por la que desestimó la solicitud de devolución de ingresos indebidos de la autoliquidación del Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, ejercicio 2015, (Exp. núm. 20160000296513), por un importe de 31.957,89 €.

Dicha resolución se notificó el 27 de septiembre de 2016.

La Sección de Admisión acuerda:

1º) Admitir el recurso de casación RCA/3887/2020, preparado por la procuradora doña Marta Durbán Piera, en representación de ALITALIA SOCIETA AEREA ITALIANA, SRL, contra la sentencia dictada el 16 de enero de 2020 por la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que desestimó el recurso 155/2017.

2º) La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: Determinar si la rectificación de una autoliquidación -y la consiguiente devolución de ingresos indebidos es cauce adecuado para cuestionar la autoliquidación practicada por un contribuyente -que ha procedido a ingresar en plazo las cuantías por él calculadas en cumplimiento de sus obligaciones tributarias, a fin de no ser sancionado por dejar autoliquidar e ingresar en plazo-, cuando entienda indebido el ingreso tributario derivado de tal autoliquidación al considerarlo contrario a la Constitución o al Derecho de la Unión Europea.

 

Si te ha interesado ... compártelo !