La consultante tiene a la venta por internet a través de su página web una serie de publicaciones en formato libro electrónico. Las publicaciones no contienen publicidad en las mismas y no disponen de ISBN. Tipo impositivo aplicable.
No es relevante para aplicar el 4% la existencia de código ISBN.
Fecha: 19/05/2021
Enlace: Acceder Consulta V1471-21 de 19/05/2021
Se informa que:
A efectos de la aplicación del tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido a los libros no es relevante la existencia de códigos de identificación sobre el contenido de los mismos, en este caso el International Standard Book Number, número ISBN. No obstante, la asignación del mismo a una publicación debe apreciarse como un indicio o presunción a efectos de la consideración de la misma como “libro”.
Por lo que, en la medida que la consultante comercialice publicaciones en formato electrónico que encajen en la definición y cumplan con los requisitos para ser considerados “libros” en los términos expuestos en los apartados anteriores, será de aplicación el tipo reducido del 4 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En otro caso, las operaciones objeto de consulta quedarán gravadas al tipo general del 21 por ciento.
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