Régimen de consolidación fiscal. Perímetro de consolidación fiscal. Integración en el grupo de consolidación fiscal, como dependiente, de los establecimientos permanentes de entidades no residentes.
Fecha: 26/04/2022
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Resolución del TEAC de 26/04/2022
Criterio:
El hecho de que a partir de la entrada en vigor de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, se incluyan en el ámbito de las entidades dependientes a los establecimientos permanentes de una entidad no residente no supone que, el que previamente no fuera admitida esta posibilidad, vulnerara el principio de libertad de establecimiento, ni el de no discriminación. La regulación ex novo efectuada por la Ley 27/2014 de una nueva posible entidad dependiente, que es el caso de un establecimiento permanente de una entidad no residente, no suponía la corrección de ninguna situación de incompatibilidad de nuestra normativa con los principios del TFUE sino que respondía al libre arbitrio del legislador, lo que constituye una modificación normativa a aplicar desde la vigencia de la nueva ley, no estando prevista, por consiguiente, la aplicación retroactiva de esta nueva redacción del régimen de consolidación.
Criterio relevante aún no reiterado que no constituye doctrina a los efectos del artículo 239 LGT.
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