Facultades de comprobación por la Inspección. Comprobación de actos, operaciones y circunstancias que tuvieron lugar en ejercicios tributarios prescritos, anteriores a la entrada en vigor de la Ley General Tributaria (LGT) de 2003.
RESUMEN:
Fecha: 24/05/2022
Fuente: web del Poder Judicial
Enlaces: Resolución del TEAC de 24/05/2022
Criterio:
De acuerdo con la jurisprudencia, no se pueden comprobar (ni declarar en fraude de ley) negocios / operaciones realizadas en ejercicios prescritos anteriores a la entrada en vigor de la LGT de 2003 aunque desplieguen efectos en ejercicios no prescritos (comprobados), siendo indiferente, a estos efectos, que la comprobación se desarrolle bajo la LGT de 2003.
Añade la Resolución del mismo día del TREAC (e, incluso, que se haga bajo la versión de ésta tras la reforma operada por la Ley 34/2015).
Se reitera criterio de RG 1873-2007, de 26-02-2009; y de RG 2305-2012, de 2-06-2015
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