Fecha: 20/07/2022
Fuente: web de la AEAT
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145100-DESPACHO EN ADUANA ANTERIOR A LA VENTA
- Una empresa establecida en la Península importa en España bienes de escaso valor (inferior a 150 euros) a granel. Una vez que se han despachado en aduana, vende dichos bienes a clientes particulares residentes en la Península o Islas Baleares. ¿Puede registrarse en la IOSSpara estas transacciones?
No, no puede registrarse en la IOSS para estas transacciones. Si importa bienes de escaso valor en su propio nombre antes de venderlos a clientes españoles, no puede utilizar la IOSS para estas transacciones. Para la importación de bienes, debe seguir las normas generales (procedimiento estándar o simplificado) aplicables a la entrada e importación de bienes a la UE.
Para las ventas subsiguientes realizadas a clientes españoles se aplican las normas habituales para las entregas nacionales. Tiene que declarar estas ventas en su declaración nacional del IVA.
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