RETRIBUCIÓN ADMINISTRADORES. ¿Son deducibles las retribuciones de los administradores acreditadas y contabilizados si las mismas no están previstas en los Estatutos Sociales?
Fecha: 06/07/2022
Fuente: web del Poder Judicial
Enlace: Auto del TS de 06/07/2022
El TS deberá responder a las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:
Determinar si las retribuciones que perciban los administradores de una entidad mercantil, acreditadas y contabilizadas, constituyen una liberalidad no deducible por el hecho de que las mismas no estuvieran previstas en los estatutos sociales, según su tenor literal, o si, por el contrario, el incumplimiento de este requisito no puede comportar, en todo caso, la consideración de liberalidad del gasto y la improcedencia de su deducibilidad.
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