Regularización de ventas ocultas. Base imponible.

Publicado: 30 agosto, 2022

Fecha: 20/07/2022

Fuente: web de la AEAT

Enlace:  Resolución del TEAC de 20/07/2022

 

Criterio:
Según criterio reiterado del Tribunal Supremo y, recientemente, del TJUE en sentencia de fecha 1-07-2021, asunto C-521/2019, en la regularización de las ventas ocultas la base imponible será el precio convenido por las partes menos el IVA que se hubiera debido liquidar.

 

-Reitera criterio de RG 8979/2015 de 18-09-2018

-STS de 27 de septiembre de 2017, recurso de casación 194/2016.

-STS de 19 de febrero de 2018, recurso de casación 192/2016

-STS de 12 de marzo de 2018, recurso de casación 166/2016

-STJUE de 1 de julio de 2021 (asunto C-521/19)

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