PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN LIMITADA. Ampliación del alcance de las actuaciones en la propuesta de liquidación. STS de 3 de mayo de 2022 (Rec. Casación nº 5101-2020).
Fecha: 25/09/2023
Fuente: interna
Enlace: Resolución del TEAC de 25/09/2023
Criterio:
En aplicación del criterio recogido en la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de mayo de 2022 (rec.casación nº 5101-2020), al haberse ampliado el alcance inicial de las actuaciones de comprobación limitada en la propuesta de liquidación, de forma simultánea a la puesta de manifiesto y apertura del plazo de alegaciones, procede anular la liquidación impugnada.
En el presente supuesto, el alcance inicial notificado era “comprobar la correcta aplicación de la deducción por doble imposición internacional”. Con la propuesta de liquidación provisional se comunicó la ampliación del alcance de las actuaciones a la “comprobación de los rendimientos netos negativos de actividades económicas en estimación directa simplificada declarados por el obligado tributario”. La liquidación practicada regularizó el rendimiento de la actividad económica y la deducción por doble imposición. En aplicación de la citada STS se anula la liquidación practicada.
Criterio relevante aún no reiterado que no constituye doctrina a los efectos del artículo 239 LGT.
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