Delimitación entre las actuaciones de obtención de información y las actuaciones inspectoras
La Sección de Admisión acuerda:
1º) Admitir el recurso de casación RCA/4632/2017, preparado por el abogado del Estado, en la representación que le es propia, contra la sentencia dictada el 3 de mayo de 2017 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el procedimiento ordinario nº 303/2015.
2º) La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si los requerimientos de obtención de información dirigidos a los obligados tributarios y relativos al cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias suponen el inicio de un procedimiento inspector, si se tiene en cuenta el resultado para acordar dicho procedimiento o, por el contrario, se está en presencia de actuaciones distintas y separadas, operando los plazos de duración del procedimiento inspector de modo autónomo e independiente.
Artículos Relacionados
- La comunicación de devolución tributaria cuando la AEAT descuenta el importe por un embargo judicial es recurrible
- El Supremo limita la obligación de dar nueva audiencia cuando la sanción se propone antes de la liquidación
- La AN rechaza utilizar la responsabilidad patrimonial como vía alternativa para obtener una devolución de IVA condicionada a su previa comprobación

