IVA. Vehículos para ser utilizados por personas con discapacidad o movilidad reducida. Tipo reducido. Requisito del reconocimiento previo del derecho por parte de la AEAT.
Resolución del TEAC de 23/04/2019
Criterio:
La aplicación del tipo impositivo del 4% a las entregas de vehículos para ser utilizados por personas con discapacidad o movilidad reducida que establece la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido en su artículo 91.dos.1.4º requiere el reconocimiento previo del derecho por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), no procediendo si el documento en el que se acredita la discapacidad o movilidad reducida es posterior.
IVA. Devengo. Aportaciones efectuadas por sus comuneros a comunidades de bienes que promueven la construcción de edificaciones. Pagos anticipados.
Resolución del TEAC de 23/04/2019
Criterio:
Las aportaciones efectuadas por sus comuneros a comunidades de bienes que promueven la construcción de edificaciones dan lugar, conforme al artículo 75.dos de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, al devengo del impuesto en concepto de pagos anticipados a cuenta de las futuras entregas de las edificaciones construidas.
Criterio coincidente con el expresado por la DGT en su contestación de 4-6-2009, V1328-09.