Fecha: 28/02/2022
Fuente: web de la AEAT
Enlaces: Resolución del TEAR de Cantabria de 28/02/2022
Criterio:
Fijada por sentencia judicial una pensión de alimentos de 100 euros mensuales, no estamos ante un supuesto de dependencia económica puesto que la anualidad satisfecha por el padre no llega a cubrir ni mínimamente las necesidades básicas ordinarias de su hija, por lo que dicho progenitor no tendría derecho al mínimo por descendientes sino, en su caso, a aplicar las especialidades previstas en la Ley para el supuesto de anualidades por alimentos satisfechas por decisión judicial a favor de los hijos. Acreditada la convivencia y dependencia de la hija respecto a su madre, le corresponde a ésta aplicar el mínimo por descendientes en su totalidad.
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