Comprobación de valores. Método de estimación por referencia a valores catastrales multiplicados por índices o coeficientes. Impuestos en que la base imponible viene determinada legalmente por su valor real. NUEVO CRITERIO DEL TRIBUNAL SUPREMO
Resolución del TEAC de 20/09/2018
Criterio:
El Tribunal Supremo declara que este método NO es idóneo, por su generalidad y falta de relación con el bien concreto de cuya estimación se traga, para la valoración de bienes inmuebles en aquellos impuestos en que la base imponible viene determinada legalmente por su valor real, como es el caso del Impuesto sobre Sucesiones, salvo que tal método se complemente con la realización de una actividad estrictamente comprobadora directamente relacionada con el inmueble singular que se someta a avalúo.
Referencias normativas:
Ley 58/2003 General Tributaria LGT: 57.1.b)
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